DARRERS ARXIUS
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Formulari per a la sol·licitud de concurs voluntari – Persones físiques
Nous models de formularis actualitzats per a la presentació de concursos acordats per part dels Jutjats Mercantils de Barcelona.
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Formulari per a la sol·licitud de concurs consecutiu
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Formulari per a la sol·licitud de concurs voluntari – Persones jurídiques
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Concurso de persona física. Plan de liquidación vs LEC en los créditos con garantía real
Analiza la resolución la apelación del acreedor financiero en base a los siguientes motivos: a) infracción del artículo 155 LC por quebrantamiento de los derechos del acreedor con privilegio especial; b) se cuestiona la introducción de una entidad especializada en la venta de inmuebles, debiéndose detraer, en todo caso, el coste de la comisión a la retribución de la AC; c) infracción del art.155.4 LC reclamando un importe de adjudicación mínimo del 50%, y que de ningún modo se pueda excluir de el bien de la liquidación por quedar la subasta desierta. Del mismo modo, el acreedor financiero, propone que se introduzcan las siguientes modificaciones: i) duración de tres meses de la fase de venta directa, dando posibilidad de mejora en el plazo de 20 días desde la comunicación al juzgado, y siempre con el consentimiento por el acreedor privilegiado y la adjudicación deberá ser mediante autorización judicial expresa; ii) en la subasta el precio mínimo de adjudicación debe ser el 50% del valor del bien; iii) si la puja no cubre el privilegio se dará traslado al acreedor para que autorice, mejore o presente mejor postor ; iv) el acreedor privilegiado tendrá derecho a ceder el remate ; v) se exime de depósito para la concurrencia a la subasta al acreedor con privilegio especial ; vi) si la subasta quedara desierta se darán 20 días para que el acreedor pueda adjudicarse el bien conforme al 671 LEC; vii) el pago de la tasa para la publicación de la subasta le corresponde a la AC.
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HONORARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL
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Resolució: Concurs de persona física. Oposició a la conclusió per insuficiència de massa. (PDF)
Analitza la resolució sobre l’oposició del deutor concursat sobre la conclusió del concurs consecutiu per la via de l’article 176 bis LC -l’arxiu per insuficiència de massa activa quan el patrimoni del concursat no sigui suficient per a atendre els crèdits contra la massa-.
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Esquema Llei Segona Oportunitat
El acuerdo extrajudicial de pagos, el concurso consecutivo y la exoneración
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Esquema benefici d'exoneració del passiu insatisfet
L’exoneració, sol·licitud de BEPI
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CONTACTE
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