STS 13.2.19- AEP Y ALIMENTOS

Icon of STS 13.2.19- AEP Y ALIMENTOS STS 13.2.19- AEP Y ALIMENTOS by Admin, STS-13.2.19-AEP-Y-ALIMENTOSoc.pdf (0.1 MiB) - Concurso de persona física. Derecho a alimentos y AEP.

Analiza la resolución si el crédito por alimentos puede verse afectado por el AEP pudiendo ser novado el contenido a obligación de los mismos.

AAP B 3 Diciembre 2018 Honorarios AC

Icon of AAP B 3 Diciembre 2018  Honorarios AC AAP B 3 Diciembre 2018 Honorarios AC by Admin, AAP-B-3-diciembre-2018.-Honorarios-AC1_2.pdf (56 KiB) - Concurso de persona física. Retribución Administración Concursal

Analiza la resolución el derecho a que se reconozca la retribución al Administrador Concursal en el supuesto de declaración de concurso con insuficiencia de masa.

El Juez de Primera instancia fija el derecho a retribución entendiendo que se devenga únicamente por la fase de liquidación.

Concurso de persona física. Honorarios AC

Icon of Concurso de persona física. Honorarios AC Concurso de persona física. Honorarios AC, APB-30102018-Honorarios-AC.pdf (70 KiB) - Analiza la resolución los honorarios de la AC cuando ésta no actuó como mediadora concursal en la fase extrajudicial. El AC alega en su recurso que no debe hacerse extensiva la reducción prevista en el art. 242.2.2º LC al entender que existía de facto una fase común, y que además existía un trabajo importante en la liquidación de activos del deudor. La AP entiende que no cabe exención a la norma que a la vez nos remite a la DA segunda L25/2015. Si bien es cierto que la propia AP reconoce que el supuesto “suscita serias dudas de derecho”, hace una interpretación finalista entendiendo que el propósito del Legislador no era otro que el de “aligerar costes y reducir la retribución del mediador concursal y del administrador concursal”.

AP Saragossa 21-4-2017

Icon of AP Saragossa 21-4-2017 AP Saragossa 21-4-2017 by Admin, AAP_Z_802-2017.pdf (0.1 MiB) - Concurso de persona física. Competencia objetiva. Disposición Transitoria Primera Ley
25/2015

Analiza la resolución la cuestión de competencia objetiva para declarar el concurso de
un matrimonio que ya fue declarado en concurso antes de la entrada en vigor de la Ley
25/20015.

Los deudores solicitan de nuevo el concurso de acreedores ante el Juzgado
de Primera instancia para beneficiarse de lo establecido en los artículos 176 bis y 178
bis al amparo de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la L 25/2015.