- Los datos publicados recientemente por el Consejo General del Poder Judicial constatan la consolidación del mecanismo de la Segunda Oportunidad como una buena solución para las personas que están en situación de insolvencia.
- Tal y como había avanzado la previsión del Observatorio en diciembre, 2021 finalizó con un total de 13.943 concursos, de los que 425 han sido declarados y concluidos simultáneamente; es un dato muy superior a los 8.324 concursos con los que cerró 2020.
- Estos datos sustentan la defensa del mecanismo de Segunda Oportunidad y la implantación de medidas de mejora que permitan el despliegue de la Directiva 1023/2019 de reestructuraciones con el fin de que la plena exoneración de las deudas para el deudor de buena fe sea una realidad en crecimiento.
Barcelona, 7 de marzo de 2022. El Observatorio de la Insolvencia Personal del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) ha analizado los datos que ha publicado recientemente el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre los concursos de persona física durante el año 2021.
Se constata que de enero a diciembre de 2021 se han presentado un total de 13.943 concursos de persona física, de los cuales 3.937 han sido de persona física empresaria y 10.006 han sido de persona física no empresaria. Son cifras muy superiores a los 8.324 concursos con los que se cerró el año 2020, lo que significa un crecimiento de un 67%.
Es relevante el incremento del 46% de los concursos de persona física no empresaria en el año 2021 respecto del año 2020. En cuanto a los concursos de empresario declarados, el incremento del presente año en relación al año anterior es del 141%.
Tendencia al alza pese a la moratoria concursal
Cabe destacar que esta tendencia al alza se mantiene pese a la moratoria concursal que se ha prorrogado hasta el 30 de junio de 2022, mediante Real Decreto 27/2021, publicado el pasado 24 de noviembre. Así, aunque las personas físicas no están obligadas a presentar concurso ante su situación de insolvencia, lo cierto es que siguen acudiendo al mecanismo concursal para obtener una solución a la insolvencia, bien obteniendo un acuerdo con los acreedores, bien solicitando al juzgado la exoneración de las deudas.
Es evidente que este procedimiento sigue la tendencia al alza, al constatarse como una solución ante situaciones de insolvencia personal y profesional de las personas, que incide en la incorporación de la cultura de Segunda Oportunidad en nuestra sociedad.
En este sentido y tal y como ha postulado el ICAB en la presentación de enmiendas al Proyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley concursal, con ponencias expresas en la comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso de Diputados el pasado martes, este modelo de Segunda Oportunidad es bueno para las personas y se deben evitar retrocesos en el desarrollo del mismo, que pueden producirse si se aprueba el citado Proyecto de Ley tal y como está redactado.
Cataluña concentra el 43% de los procedimientos de Segunda Oportunidad
En la distribución por Comunidades Autónomas se puede observar como Cataluña concentra el 43% de los procedimientos de Segunda Oportunidad de personas físicas empresarias, seguido por el 13% de Andalucía y el 10 % de Madrid y de la Comunidad Valenciana.
El hecho de que el concurso de la persona física esté cumpliendo su objetivo permitiendo una salida favorable a las personas de la situación de insolvencia favorece que cada vez más personas acudan al procedimiento. De esta forma se constata que el mecanismo de la Segunda Oportunidad se está introduciendo en la cultura jurídica, económica y social.
En el caso de los empresarios autónomos, el mecanismo ofrece una solución al sobreendeudamiento dado que actualmente permite la exoneración del crédito público dentro de un plan de pagos. Este extremo debe ser considerado como una clara oportunidad para poder rehacer proyectos empresariales y personales que permitan salir del ostracismo y de las limitaciones a que da lugar mantener deudas no solucionables a lo largo de la vida. De este modo, tal y como viene advirtiendo el Grupo de Trabajo de la Segunda Oportunidad de la Comisión de Normativa ICAB-CICAC, se evita un incremento de la economía sumergida y se favorece el inicio de nuevos proyectos empresariales que generen valor económico y social de futuro.
El Observatorio de la Insolvencia Personal ICAB
El Observatorio de la Insolvencia Personal es un instrumento del Colegio de la Abogacía de Barcelona, adscrito a su Comisión de Normativa, cuyo objetivo es efectuar un seguimiento de los datos de estos mecanismos de solución a la insolvencia, en aras a realizar un análisis económico del derecho para extraer las conclusiones y propuestas en el desarrollo y despliegue de acciones de mejora en los procedimientos.